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En ocasiones se requiere información sobre un cliente de ETB (responsable de una determinada cuenta de correo o dirección IP), por parte de una entidad pública, privada, de carácter bancario o por un individuo en particular.
Debido a que esta información es confidencial, solamente se entrega a las entidades autorizadas por la ley o entidades de seguridad del estado como pueden ser: Policía, Fiscalía, DAS, entre otras. A las cuales usted debe referirse realizar la solicitud correspondiente. |
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El procedimiento para solicitud de información es el siguiente: |
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Quien requiera la información, debe dirigirse a la entidad correspondiente según el caso en particular (DAS, Fiscalía, entre otros), para iniciar el proceso o investigación adecuada.
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Luego la entidad encargada del caso elabora un oficio, en el cual se solicita la información que se necesite para la investigación y es dirigida al Coordinador de Seguridad de ETB. |
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El resto del procedimiento es de carácter interno y se realiza entre las entidades de seguridad del estado correspondientes y ETB. |
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Debe quedar claro que éste procedimiento no se puede saltar, dado que se esta hablando del conducto regular para llevar a cabo una investigación de carácter legal especializada en el área de delitos informáticos.
Por lo general, estas solicitudes buscan información sobre direcciones IP’s (fijas ó dinámicas) para adelantar las investigaciones. Si desea saber a que se refiere cada una de ellas, puede encontrar la definición correspondiente en el glosario. |
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